Medio millón de hijos y nietos de exiliados podrán adquirir la nacionalidad española

Más de medio millón de personas de todo el mundo, según los cálculos de las asociaciones, podrán solicitar la nacionalidad española a partir del lunes, con la entrada en vigor de la instrucción del Ministerio de Justicia que reconoce este derecho a los hijos y nietos de los exiliados durante el franquismo, dando cumplimiento a la Ley de Memoria Histórica.

La medida afectará principalmente a tres grupos de ciudadanos: los hijos de españoles emigrados o exiliados, los nietos de los mismos y los españoles que consiguieron la nacionalidad en la reforma del año 2002, según ha explicado el director general de Emigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Agustín Torres.

Los que la obtuvieron en 2002 gozan de una nacionalidad "de menor calidad", en palabras de Torres, porque aunque se les considera españoles, no tienen reconocida la nacionalidad de origen, por lo que no la pueden transmitir a sus hijos adultos. A partir del lunes, todas esas personas podrán solicitar un cambio de estatus.

Asimismo, los hijos de españoles podrán obtener la nacionalidad de origen aunque hayan nacido en otro país, con independencia de su edad y al margen del lugar de nacimiento de los padres. Hasta ahora, la nacionalidad sólo se transmitía si el padre o la madre eran nativos de España y si los hijos eran menores de 18 años.

Por último, la instrucción que acaba de entrar en vigor prevé que los nietos de españoles emigrados entre el 18 de julio de 1936 y la Ley de Amnistía aprobada tras el franquismo (octubre de 1977), "en función de las circunstancias", podrán adquirir directamente la nacionalidad de origen, siempre que acrediten su descendencia.

Los nietos de quienes se exiliaron entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 sólo tendrán que acreditar que su abuelo o abuela de origen español abandonó el país e ingresó en otro. Por contra, los nietos de quienes se marcharon entre 1955 y la citada Ley de Amnistía tendrán que presentar además, algún certificado oficial del que se desprenda que su pariente trabajó en el país de destino para "ayudar a los españoles que iban llegando", explicó Torres.

Si bien entre el 55 y el año 77 fueron muchos los españoles que emigraron por motivos económicos a otros países, especialmente del entorno europeo en la década de los sesenta, Torres explica que la iniciativa no va dirigida a este colectivo en particular, dado que estos desplazamientos "no suponían pérdida de nacionalidad", como sí ocurría en muchos países latinoamericanos.
Respuesta a una reivindicación histórica

Para el responsable de Emigración, la clave de la medida es que busca "paliar los efectos de la dictadura franquista en España" y a dar respuesta a una "reivindicación histórica" de los descendientes de españoles, principalmente de quienes residen en Latinoamérica. Además de un "resarcimiento", obtendrán un pasaporte español, y por tanto de la Unión Europea, y la posibilidad de beneficiarse de las ayudas estatales contempladas para ciudadanos en el exterior.

Los beneficiarios podrán obtener información sobre los trámites y requisitos en las páginas web de los ministerios españoles de Asuntos Exteriores y Cooperación, Trabajo e Inmigración y Justicia, así como en las representaciones consulares, donde habrá folletos informativos disponibles.

El plazo para solicitar la nacionalidad se prolongará dos años con posibilidad de una prórroga adicional, según la instrucción aprobada por el consejo de ministros.

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