El nuevo Reglamento de Extranjería podría entrar en vigor en dos meses


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- Latinoamérica Exterior

Con 8 meses de retraso, fue por fin presentado el borrador del Reglamento de Extranjería, que desarrolla las cuestiones regladas por la Ley de Extranjería aprobada en 2009. El texto se encuentra ahora en sus 15 días de consulta pública. Luego deberá recibir el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros, que podría ser en dos meses. Tras la primera reunión en la Mesa de Diálogo Social, en los próximos días será analizado por el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, la Conferencia Sectorial de Inmigración y la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración. Mientras tanto, gobiernos, sindicatos y entidades de Cataluña, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana o Extremadura realizan a contrarreloj rondas de análisis de las 250 páginas del borrador.

La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, fue la encargada de presentar el 8 de febrero el Reglamento, que se encuentra en fase de borrador y pendiente de los informes obligatorios antes de su aprobación definitiva que podría ser en unos dos meses. Entre otras cosas, el nuevo texto fija los requisitos para la reagrupación familiar o para la regulación por arraigo y concreta los “elementos mínimos” que deben incluir las administraciones locales o autonómicas en sus informes de integración, que no serán vinculantes para el Gobierno que tiene la competencia para resolverlos.

“Dudo que no se tenga en cuenta ese informe, pero no se puede ceder a un ayuntamiento la capacidad de decidir sobre la circulación de una persona por la UE”, dijo. Según Anna Terrón, también pretende ayudar a resolver problemas burocráticos a personas que caen en situación de “irregularidad sobrevenida” y que han mantenido “un recorrido de regularidad”, cuando se topan con problemas de plazos y de tramitación de sus contratos o de sus permisos de residencia.
Durante la presentación de este borrador, Terrón opinó que esta regulación “consolida un modelo basado en la cultura de la regularidad y vinculado al mercado de trabajo”, que favorece “la integración social de los inmigrantes y la convivencia”.

“Se adapta a contextos y ciclos económicos diferentes, sin necesidad de modificar la ley, ya que funciona en ciclos de entradas fuertes, como en el momento actual”, explicó Terrón.

El borrador, “que no es un texto cerrado”, inicia con su presentación “el trámite de audiencia pública entre los interlocutores más relevantes”, dijo Terrón, y será analizado por el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, la Conferencia Sectorial de Inmigración y la Comisión Tripartita de Inmigración, entre otros.
La secretaria de Estado de Inmigración aseguró que si el Parlamento decidiera alguna modificación de la Ley de Extranjería, debería adaptarse también el Reglamento.
Por otra parte, el texto, que contiene 264 artículos, establece que los inmigrantes que tengan un hijo de nacionalidad española a su cargo podrán regularizar su situación en España gracias al nuevo “arraigo familiar” que contempla el borrador.

En ese sentido, el nuevo Reglamento fija los requisitos para conseguir la regularización por “arraigo laboral” y “arraigo social”, que se podrá conceder a extranjeros que acrediten su permanencia y trabajo durante más de dos años, o quienes hayan vivido en España al menos tres años. En ambos casos, deberán contar con un contrato de trabajo.
En cuanto al “arraigo familiar” -la situación de padres extranjeros de un niño español- se puede dar cuando el país de origen de los progenitores no concede automáticamente la nacionalidad al recién nacido, con lo que el bebé se considera apátrida y automáticamente recibe la nacionalidad española.
Esta situación puede ocurrir en el caso de los ciudadanos de Colombia, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Cuba, entre otros, que decidan no inscribir a sus hijos en el consulado correspondiente como nacionales de esos países.

Es importante resaltar que unas horas después de la presentación del borrador, el Congreso acordó reformar dos artículos de la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social de 2009 que permitirán mejorar la protección de las víctimas de violencia machista o de trata y redes de explotación sexual.

Modificación en el Congreso
La reforma de la Ley, que el PP pidió que se tramite con carácter de urgencia, podría estar concluida en dos meses, el mismo plazo que el Gobierno calcula para la aprobación definitiva del Reglamento.
El borrador de Reglamento establece también que las víctimas extranjeras de violencia de género y de trata o explotación sexual podrán obtener un permiso de trabajo y residencia por cinco años, además de suspenderse el procedimiento de expulsión si se hubiera abierto por su irregularidad.
Este es el mismo plazo de tiempo que el Congreso calcula que podría llevar, si se tramita con carácter de urgencia, la reforma de dos artículos de la Ley que acordó el mismo 8 de febrero a propuesta del Grupo Popular.
El diputado del PP responsable de asuntos de inmigración, Rafael Hernando, defendió la necesidad de reformar los artículos 31 bis y 59 bis de la Ley por considerar que no garantizan suficientemente la seguridad de las mujeres que denuncian malos tratos o explotación por lo que éstas no se atreven a denunciar.
El pleno del Congreso ha acordado reformar estos dos puntos, con lo que el Reglamento también deberá ser reformado. El borrador establece respecto a las víctimas de violencia de género y de trata o explotación sexual por sentencia judicial, como se esperaba por lo que dicta la Ley de Extranjería, que podrán obtener un permiso de trabajo y residencia en España de cinco años. Si al denunciar las agresiones se comprueba su situación irregular, se suspende el expediente administrativo hasta que concluya el proceso penal.
Entre tanto, cuando se aprecien indicios de esas agresiones o se haya emitido una orden de protección, la mujer extranjera puede solicitar un permiso de residencia y trabajo provisional para ella y para sus hijos menores que se encuentren en España, que serán de cinco años si el proceso ha concluido con sentencia condenatoria.
Si no se han probado estas acusaciones, continuará el procedimiento sancionador que podría implicar su expulsión.
En el caso de mujeres víctimas de trata, el Reglamento establece el periodo de reflexión de 30 días para decidir si colaboran en la persecución de redes organizadas y la posibilidad de solicitar la residencia y el permiso de trabajo, con una vigencia de hasta cinco años.
También aborda el retorno de los extranjeros que han salido del país y que podrán volver después de tres años, sin perder el tiempo de residencia que tenían, siempre que comuniquen su salida o se acojan a un plan de retorno.
Por otra parte, el borrador del Reglamento de Extranjería recoge la excepcionalidad de los inmigrantes cuyos hijos tengan nacionalidad española. La Secretaría de Inmigración, a cuya cabeza está Anna Terrón, explicó en una nota de prensa que el Código Civil español, que regula la atribución de la nacionalidad española, establece diferentes medios de adquisición para las personas nacidas en España.
En primer lugar, hay que partir del sistema del ‘ius sanguinis’ que establece la legislación española: los hijos, como regla general, tendrán la nacionalidad de sus padres. Este es el sistema seguido en la mayoría de países del mundo. Pero, como consecuencia de la existencia en determinados países del sistema denominado ‘ius soli’, existen situaciones en las que el nacimiento del menor en otro país que no sea el de la nacionalidad de sus progenitores, no atribuye ninguna nacionalidad, y cuya regulación se contempla en el artículo 17 del Código Civil.
Estas situaciones fueron analizadas por los Tribunales españoles y en todos los supuestos la consecuencia ha sido la misma, explicaron, “considerar que es una situación excepcional que debe desembocar en una autorización de residencia para ese progenitor”. Adoptando esa consideración, “el borrador de Reglamento da respuesta a una doctrina unánime, pacífica y reiterada de los órganos jurisdiccionales españoles, cuyo fundamento último es el artículo 39 de la Constitución española”.
En cuanto a las reuniones que ya se han celebrado, la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, mantuvo el 16 de febrero un encuentro con representantes de los sindicatos CC.OO y UGT y de las confederaciones empresariales CEOE y CEPYME sobre el borrador del Reglamento de la Ley de Extranjería.

Colaboración con los ayuntamientos
Las comunidades autónomas también están llevando adelante este proceso de consultas sobre el borrador. Tal es el caso de Cataluña, donde el conseller de Bienestar Social y Familia, Josep Lluís Cleries, y el director general de Inmigración, Xavier Bosch, se reunieron con los presidentes de la Asociación Catalana de Municipios, Salvador Esteve, y de la Federación Catalana de Municipios, Manuel Bustos, para “analizar conjuntamente” el borrador del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre los derechos y las libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por la Ley Orgánica 2/2009.
En la reunión se estableció acordar criterios homogéneos en inmigración para presentarlos en la Conferencia Sectorial de Inmigración. En una nota, se explicó que se acordó crear un equipo de trabajo para establecer criterios “generales y homogéneos que no permitan interpretaciones contradictorias” de la ley, y que pongan las bases para su despliegue en Cataluña.
De mismo modo, establecieron que la Generalitat realizará los informes de integración social de los inmigrantes previstos también por la ley catalana de acogida, mientras que los ayuntamientos aportarán un informe “preceptivo y determinante”. Según Cleries, el informe aportado por los entes locales es muy importante “porque es la Administración la que tiene un contacto más directo y un conocimiento más en profundidad de sus vecinos”.

Valencia pide más fondos
Por su parte, el conseller de Solidaridad y Ciudadanía de la Comunidad Valenciana, Rafael Blasco, aseguró que exigirá al Gobierno central “más medios” si el nuevo reglamento establece más atribuciones a la región. En una nota, Blasco asegura -entre otras cosas- que este reglamento tendrá unas consecuencias directas para la Comunidad Valenciana, dado que el texto delega en las comunidades autónomas “la elaboración de miles de informes que servirán al inmigrante para poder renovar su tarjeta temporal de residencia a través de su esfuerzo por integrarse o acogerse a la reagrupación familiar, siempre que certifique que cuenta con una vivienda adecuada para a tender a sus necesidades y a las de su familia”.
Ante esta situación, Solidaridad está ultimando la redacción de un documento para conocer las necesidades que deberá tener la Generalitat a la hora de dar respuesta a las nuevas exigencias que deberán cumplir las comunidades autónomas.
Por su parte, la Comunidad de Madrid también está realizando su trabajo de análisis del borrador del Reglamento. En ese sentido, Gabriel Fernández Rojas, viceconsejero de Inmigración y Cooperación regional, aseguró a Latinoamérica Exterior que “la demora injustificada y la tardanza desmedida en la publicación del Reglamento de la Ley de Extranjería perjudica de manera especial a los nuevos madrileños”. La ausencia de un texto referencial, dijo, “ha producido un grado importante de incertidumbre y de confusión en muchos ciudadanos ante la diversidad de criterios aplicados para suplir en la práctica el vacío generado por más de 13 meses sin Reglamento”.

Madrid critica el retraso
Respecto a cuándo estará vigente el Reglamento, Fernández Rojas destacó que si se cumplen las previsiones del Gobierno, el Reglamento verá la luz casi año y medio después de la entrada en vigor de la Ley, con un año de retraso frente al plazo máximo establecido legalmente. “La Ley de Extranjería ha sido promovida por el Gobierno nacional en pocos meses y con demasiada prisa, y el Reglamento de Extranjería en demasiados meses y ninguna prisa”.
El texto del nuevo Reglamento, que fue presentando públicamente por el Gobierno el pasado 8 de febrero, inició ese mismo día el trámite de audiencia pública. Antes de su aprobación en Consejo de Ministros, y tras los análisis, seguirá los trámites preceptivos de consulta e informe hasta su aprobación definitiva por el Ejecutivo.

Libros Libres
-(.pdf 342 kb)
* Retos de la nueva configuración del Sistema Financiero Internacional en el contexto de la crisis económica.
Carlos Cesar Torres Paez.

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2 Comentarios

Anónimo ha dicho que…
hola yo creo sobre el arrigo laboral y social que debera ser de 4 años para adelante o de 5 años para adelante como en otros paises
Anónimo ha dicho que…
no sabe lo que dice, en ese tiempo tambien se trabaja, por que no hacerlo legalmente? en menos tiempo de araigo.