Bruselas cargó contra la legislación española que autoriza los desalojos

El tribunal europeo la considera incompatible con la ley sobre protección de los consumidores.

En un fallo demoledor, el tribunal de Justicia europea declaro a la ley española de desahucios (expulsiones) por falta de pago hipotecario como “incompatible”, “incompleta” e “insuficiente” con la legislación europea sobre protección a los consumidores.

Los desalojos, resistidos por los vecinos que han librado batallas campales para proteger a las víctimas, han afectado a 350.000 personas desde que comenzó la crisis hace cinco años. Este tema expresa como ningún otro la gravedad del drama social que viven los españoles.

Los desalojos han producido una ola de suicidios en toda España. Bomberos y cerrajeros se niegan ahora a participar en los lanzamientos. Algunos bomberos incluso han colgado el cartel de “Stop desahucios” en sus autobombas.

Por eso, el reconocimiento de la injusticia de los desalojos promovidos por los bancos y la posibilidad de que los jueces bloqueen los desahucios, ha sido recibido con enorme júbilo popular en España. Se han dado casos en que después de perder su casa, las víctimas siguen endeudadas a los bancos y además de no tener ya sus viviendas quedan encadenadas a más obligaciones que no pueden afrontar porque carecen de trabajo.

La oposición española ha instado al gobierno a hacer que se deje de aplicar inmediatamente la legislación que el Tribunal de Justicia europeo considera contraria a la comunitaria, paralizando los desahucios en marcha.

El gobierno conservador anunció que modificará la ley. “Lo que asumimos ya es el compromiso de que todos aquellos aspectos que el Tribunal haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos”, afirmó el ministro de justicia español, Alberto Ruiz Gallardón.

La normativa española que permite los desalojos “es contraria al Derecho de la Unión”, señaló el Tribunal de Justicia Europeo en la sentencia y consideró además “abusivo” el hecho de que los bancos puedan ejecutar el contrato con los clientes y reclamar el pago de toda la deuda.

“La legislación española en causa es contraria a la normativa europea, dado que impide al juez, competente para declarar el carácter abusivo de una cláusula, adoptar medidas cautelares, entre ellas la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria”, indicó el alto tribunal europeo.

El héroe de esta historia es un humilde inmigrante marroquí, desocupado, que trabajaba en España y firmó un contrato del banco Catalunya Caixa por un préstamo con garantía hipotecaria sobre su vivienda familiar.

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